Efecto del silencio administrativo en procedimientos de la AEMPS
27-9-2011 10:01
Modificación del sentido del silencio administrativo en distintos procedimientos administrativos que se tramitan en el marco de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
Con fecha 7 de julio de 2011, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 161, el RD-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gasto público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraídas por las entidades locales, de fomento de la actividad empresarial e impulso de la rehabilitación y de simplificación administrativa, cuyo artículo 26, relativo al sentido positivo del silencio administrativo, y contenido en el Capítulo VI del referido Real Decreto-ley, establece:
"En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado que se citan en el Anexo I, el vencimiento del plazo máximo fijado, en su caso, en ese mismo anexo sin que se haya notificado resolución expresa, legitima a los interesados para entender estimada su solicitud por silencio administrativo, en los términos previstos en el artículo 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común."
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