Actualización normativa cosméticos noviembre 2025: ingredientes prohibidos.
4-11-2025 11:19
Desde el 1 de noviembre de 2025, entran en vigor varios cambios regulatorios relevantes para el sector cosmético en la Unión Europea. Estas novedades afectan de forma directa a la formulación, etiquetado y legalidad de ingredientes en productos ya comercializados y en desarrollo.
Fabricantes, titulares de productos, importadores y distribuidores deberán revisar de inmediato sus referencias activas, especialmente en lo relativo a nanomateriales, conservantes regulados como Triclosan y Triclocarban, y sustancias de preocupación clasificadas como CMR.
En este artículo resumimos los reglamentos clave, sus fechas de aplicación, y los pasos que deben tomarse esta semana para evitar sanciones, retiradas de mercado o bloqueo de lotes.
Fin del periodo transitorio para nanomateriales (Reglamento UE 2024/858)
Desde el 1 de noviembre de 2025:
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No pueden estar disponibles (ni en tienda ni en almacén) productos cosméticos que contengan nanomateriales no conformes según el Reglamento (UE) 2024/858.
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Esto cierra el ciclo transitorio iniciado en febrero de 2025, que prohibía la introducción en el mercado (sell-in), y ahora extiende la prohibición al mantenimiento en mercado (sell-off).
Sustancias afectadas:
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Colloidal silver (nano) – totalmente prohibido.
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Gold (nano) / Platinum (nano) – también prohibidos en formato nano.
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Hydroxyapatite (nano) – permitido solo bajo estrictas condiciones: forma no recubierta, concentración limitada, tamaño de partícula específico.
Toda formulación en curso con nanomateriales debe ser revisada para asegurar la conformidad o retirada del mercado.
Triclosan y Triclocarban: no pueden venderse desde el 31 de octubre
El Reglamento (UE) 2024/996, que modificó el Anexo V del Reglamento 1223/2009, estableció límites y condiciones estrictas para el uso de:
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Triclosan
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Triclocarban
Ambos ingredientes ya no pueden estar presentes en el mercado desde el 31 de octubre de 2025 salvo que cumplan:
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Concentraciones máximas.
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Restricciones de tipo de producto.
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Etiquetado específico (si aplica).
Nuevas sustancias prohibidas por clasificación CMR (Reglamento 2025/877)
Desde el 1 de septiembre de 2025 ya está en vigor el Reglamento (UE) 2025/877 (Omnibus CMR), que amplía el Anexo II con ingredientes prohibidos debido a nuevas clasificaciones toxicológicas.
Se aplica a todas las categorías de cosméticos y requiere revisar:
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Ingredientes con etiquetas de clasificación CMR.
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Productos que contengan sustancias identificadas por la ECHA en riesgo.
Aunque no es una novedad de noviembre, su implementación es acumulativa, y se cruza con otras listas de ingredientes como la de nanomateriales o el Anexo III de restricciones.
| Acción | Normativa relacionada | Riesgo si no se actúa |
|---|---|---|
| Revisar todos los productos activos con nanomateriales y bloquear los no conformes. | Reg. (UE) 2024/858 | Retirada obligatoria, sanciones por comercialización indebida |
| Auditar fichas con Triclosan / Triclocarban y retirarlos si no cumplen. | Reg. (UE) 2024/996 | Incumplimiento del Anexo V, venta ilegal |
| Cruzar ingredientes con el Omnibus CMR y la base ECHA para detectar prohibiciones. | Reg. (UE) 2025/877 + ECHA | Inclusión de sustancias prohibidas, retirada por autoridades |
Impacto práctico: riesgo real para catálogos no actualizados
Las marcas y laboratorios que no apliquen estos cambios a tiempo podrían enfrentarse a:
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Intervenciones de inspección o inmovilización de productos.
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Pérdida de distribución en farmacias y tiendas online.
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Incidencias notificadas por consumidores o asociaciones.
Estas novedades no son “recomendaciones”, sino requisitos legales exigibles en toda la UE a partir de noviembre de 2025.
¿Cómo puede ayudar Aseconsa?
Con casi 20 años de experiencia en cumplimiento cosmético, Aseconsa ofrece:
-
Auditorías completas de ingredientes y etiquetas.
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Evaluación de cumplimiento frente a Anexos II, III y V del Reglamento 1223/2009.
-
Verificación técnica y documental de nanomateriales y sustancias CMR.
-
Asistencia en modificación de PIFs y gestión de reformulaciones urgentes.
-
Digitalización de alertas regulatorias y vigilancia con inteligencia artificial.
Nuestro enfoque combina experiencia regulatoria validada con herramientas automáticas para anticiparnos a los cambios y reducir el riesgo de sanciones.
Conclusión: noviembre marca un punto de control en la industria cosmética
Las empresas cosméticas deben actuar con rapidez y precisión para evitar sanciones y asegurar que sus productos en circulación cumplen plenamente con las últimas actualizaciones normativas europeas.
El cumplimiento en cosmética ya no se limita a la notificación en CPNP: ahora implica una supervisión continua de ingredientes, etiquetas, límites de uso y decisiones regulatorias emergentes.
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