Centros de investigación en reprogramación celular
8-8-2012 22:56
Publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Orden de 16 de julio de 2012, por la que se regula el procedimiento de autorización de los centros de investigación en reprogramación celular.
La Ley 1/2007, de 16 de marzo, por la que se regula la investigación en reprogramación celular con finalidad exclusivamente terapéutica, establece en el artículo 7 que el desarrollo de las investigaciones en ella previstas solo podrá llevarse a cabo en aquellos centros de investigación que expresamente estén autorizados para ello por la autoridad sanitaria competente y se someterán a los procedimientos de acreditación que se establezcan por la misma.
En desarrollo de la citada se dicta el Decreto 74/2008, de 4 de marzo, por el que se regula el Comité de Investigación de Reprogramación Celular, así como los proyectos y centros de investigación en el uso de reprogramación celular con fines terapéuticos, que establece, entre otros extremos, la definición y los requisitos exigidos a los centros de investigación de reprogramación celular.
La autorización del centro de investigación debe ir asociada al desarrollo de uno o varios proyectos de investigación en reprogramación celular, siendo la autorización del centro válida durante el período de vigencia dado a la autorización del proyecto de investigación.
Objeto.
La citada Orden tiene por objeto establecer el procedimiento de autorización de los centros de investigación en reprogramación celular.
La autorización a los centros de investigación en reprogramación celular se hará para proyectos de investigación autorizados por el Comité de Investigación en Reprogramación Celular, siempre que cumplan los requisitos establecidos en el Decreto 74/2008, así como los proyectos y centros de investigación en el uso de reprogramación celular con fines terapéuticos.
Centro de investigación en reprogramacion celular.
Es el conjunto organizado de medios técnicos e instalaciones en el que profesionales capacitados, por su titulación oficial o reconocimiento profesional, realizan principalmente actividades de investigación con el fin de mejorar la salud y la calidad de vida de las personas, utilizando células somáticas y óvulos para las técnicas de reprogramación celular.
Requisitos:
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Contar con personal con la formación y experiencia necesaria para realizar este tipo de investigaciones.
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Disponer de procedimientos de trabajo normalizados para la manipulación y procesado de las muestras biológicas.
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Contar con las instalaciones y los recursos materiales necesarios para la manipulación, el almacenamiento y la conservación de las líneas celulares.
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Mantener un registro para garantizar una trazabilidad adecuada de las líneas celulares, cuyo acceso deberá estar restringido a las personas autorizadas por el investigador o investigadora principal.
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