ETILENO: Nivel de pureza mínimo y restricción de autorizaciones para uso en interiores por usuarios profesionales.
7-3-2013 10:31
Debido a los conocimientos científicos y técnicos actuales, es necesario modificar las condiciones de aprobación de la sustancia activa “etileno”. En particular, conviene modificar el nivel de pureza mínimo exigido y restringir las autorizaciones a los usos en interiores por usuarios profesionales.
Además, cuando los Estados miembros de la Unión Europea (UE) concedan autorizaciones a productos fitosanitarios que contengan etileno, deberán atender especialmente a la protección de los operarios, trabajadores y circunstantes y a la conformidad del etileno con las especificaciones necesarias, con independencia de la forma en que se suministre al usuario.
Se modifica en consecuencia el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 540/2011, a través del Reglamento de ejecución número 187/2013 de la Comisión de 5 de marzo de 2013, en lo referente a las condiciones de aprobación de la sustancia activa etileno
Se establece un plazo razonable antes de la aplicación de la norma, a fin de permitir que los Estados miembros, los notificadores y los titulares de autorizaciones de productos fitosanitarios que contengan etileno se adapten a los requisitos derivados de la modificación de las condiciones de aprobación.
Informe de revisión sobre datos de identidad y las especificaciones de la sustancia activa Etileno:
- Denominación común y nº de identificación: Nº CAS 74-85-1 / Nº CICAP: 839.
- Denominación UIQPA: Etileno
- Pureza: ≥ 90 %. Impurezas relevantes: óxido de etileno, contenido máximo de 1 mg/Kg.
- Fecha de aprobación: 1 de septiembre de 200
- Expiración de la autorización: 31 de agosto de 2019
Disposiciones especificas:
Parte A
Solo podrán autorizarse los usos en interiores como regulador del crecimiento vegetal, por usuarios profesionales.
Parte B
Para la aplicación de los principios uniformes a los que se refiere el artículo 29, apartado 6, del Reglamento (CE) 1107/2009, se tendrán en cuenta las conclusiones del informe de revisión sobre el etileno (SANCO/2608/2008) y, en particular, sus apéndices I y II, tal y como fue ultimado el 1 de febrero de 2013 en el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.
En esta evaluación general, los Estados miembros prestarán una atención particular a lo siguiente:
a) la conformidad del etileno con las especificaciones necesarias, con independencia de la forma en que se suministre al usuario;
b) la protección de operarios, trabajadores y circunstantes.
Las condiciones de autorización incluirán, cuando proceda, medidas de reducción del riesgo.
Contacte con nosotros
Si tiene una duda o consulta que realizarnos, no dude en ponerse en contacto por los medios que les ofrecemos
- direcciontecnica@aseconsa.es
Oficina de Sevilla
- C/ Imagen 7, 5º derecha 41003 Sevilla, Spain.
- Tel: +34 955 11 89 29
- SOLICITAR CITA PREVIA
Oficina de Madrid
- Paseo de la Delicias 30, 2ª Planta, 28045 Madrid, Spain.
- Tel: +34 671 47 04 61
- SOLICITAR CITA PREVIA
Oficina de Cádiz-Málaga
- Calle Ramiro Monje s/n, 12, 3ºA, 11310 San Roque (Cádiz), Spain.
- Tel: +34 956 90 27 72
- SOLICITAR CITA PREVIA