Nueva estructura de la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía
13-6-2012 10:39
Decreto 152 /2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Bienestar Social y del Servicio Andaluz de Salud.
La Consejería de Salud y Bienestar Social ejercerá las funciones de ejecución de las directrices y los criterios generales de la política de salud, planificación y asistencia sanitaria, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.
La Consejería de Salud y Bienestar Social, bajo la superior dirección de su titular, se estructura para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos centrales:
a) Viceconsejería.
b) Secretaría General de Calidad e Innovación, con rango de Viceconsejería.
c) Secretaría General de Salud Pública, Inclusión Social y Calidad de Vida, con rango de Viceconsejería.
d) Secretaría General de Planificación y Evaluación Económica, con rango de Viceconsejería.
e) Secretaría General Técnica.
f) Dirección General de Calidad, Investigación, Desarrollo e Innovación.
g) Dirección General de Servicios Sociales y Atención a las Drogodependencias.
h) Dirección General de Personas Mayores, Infancia y Familias.
i) Dirección General de Personas con Discapacidad.
j) Dirección General de Planificación y Ordenación Farmacéutica.
A la Consejería de Salud y Bienestar Social se adscribe el Servicio Andaluz de Salud, con la estructura, competencias y funciones que le están atribuidas por la legislación vigente. El Servicio Andaluz de Salud cuenta con los siguientes órganos o centros directivos:
a) Dirección Gerencia, con rango de Viceconsejería.
b) Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud.
c) Dirección General de Profesionales.
d) Dirección General de Gestión Económica y Servicios.
Están adscritas a la Consejería de Salud y Bienestar Social las siguientes Agencias Públicas Empresariales:
a) La Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.
b) La Agencia Pública Empresarial Sanitaria Costa del Sol, a la que están adscritas la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital de Poniente de Almería, la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Hospital Alto Guadalquivir y la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Bajo Guadalquivir.
c) La Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
Dependen de la Consejería de Salud y Bienestar Social, la Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias de Andalucía y la Escuela Andaluza de Salud Pública, quedando adscritas ambas a la Secretaría General de Calidad e Innovación.
De la persona titular de la Consejería de Salud y Bienestar Social depende directamente la Viceconsejería, la Secretaría General de Calidad e Innovación, la Secretaría General de Salud Pública, Inclusión Social y Calidad de Vida, la Secretaría General de Planificación y Evaluación Económica, la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud y la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía. Como órgano de apoyo y asistencia inmediata a la persona titular de la Consejería existe un Gabinete, cuya composición será la establecida en la normativa específica vigente.
A nivel provincial, la Consejería seguirá gestionando sus competencias a través de los servicios periféricos correspondientes, con la estructura territorial que se determine.
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