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Nuevos procedimientos de autorización sanitaria para establecimientos y servicios biocidas

28-3-2012 7:01

REGISTRO OFICIAL DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS BIOCIDAS DE ANDALUCÍA

Publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA número 60, 27.03.2012) del Decreto 60/2012, de 13 de marzo, por el que se regulan los establecimientos y servicios biocidas de Andalucía y la estructura y funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Andalucía.

La modificación de la normativa básica estatal sobre biocidas a la necesidad de adaptación a la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre, relativa a los servicios en el mercado interior, que impone determinadas limitaciones a los procedimientos administrativos reguladores de las autorizaciones otorgadas por la Administración, promoviendo la simplificación de dichos procedimientos, y a la normativa estatal de transposición efectuada a través de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Con objeto de adaptar la normativa andaluza a las modificaciones introducidas en la legislación básica estatal, se procede a una nueva regulación del procedimiento de autorización sanitaria e inscripción en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Andalucía, para aquellas entidades incluidas en el ámbito de aplicación del presente Decreto, establecidas en territorio andaluz, así como los requisitos para aquellas entidades no establecidas en territorio andaluz que presten servicios de aplicación de biocidas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Constituye el objeto de la norma:

  • Establecer el procedimiento para la autorización sanitaria de los establecimientos y servicios biocidas ubicados en Andalucía y de sus actividades.

  • Regular la estructura y el funcionamiento del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de Andalucía.

  • Establecer el requisito de comunicación para aquellos servicios biocidas no ubicados en Andalucía que desarrollen su actividad en territorio andaluz.

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