PROHIBIDA LA COMERCIALIZACIÓN DE ENCENDEDORES DE FANTASÍA
31-1-2012 11:22
Aprobada la DECISIÓN DE EJECUCIÓN de la Comisión Europea, de 27 de enero de 2012 que prolonga la validez de la Decisión 2006/502/CE, por la que se requiere a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar que solo se comercialicen encendedores con seguridad para niños y que prohíban la comercialización de encendedores de fantasía (la presente disposición será aplicable hasta el 11 de mayo de 2013).
La Decisión 2006/502/CE de la Comisión exige a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar que solo se comercialicen encendedores con seguridad para niños y que prohíban la comercialización de encendedores de fantasía.
La Decisión 2006/502/CE fue adoptada de conformidad con las disposiciones del artículo 13 de la Directiva 2001/95/CE, que limita la validez de la Decisión a un período no superior a un año, pero permite su revalidación por períodos adicionales que no pueden ser superiores a un año.
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