Simplificación administrativa del ROESB-A
21-3-2012 12:40
REGISTRO OFICIAL DE ESTABLECIMIENTOS Y SERVICIOS BIOCIDAS ANDALUCÍA
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado la modificación del decreto regulador en materia de establecimientos y servicios biocidas, con el objetivo de simplificar procedimientos en relación con la Directiva europea de servicios en el mercado interior. Según la modificación, las empresas podrán obtener la autorización sanitaria sin adjuntar la licencia municipal de apertura o la resolución de inscripción en el Registro Oficial de otra comunidad autónoma.
La norma establece que los servicios biocidas que no tengan sede en Andalucía, siempre que estén inscritos en el Registro de su comunidad autónoma, no tendrán que tramitar autorización y sólo deberán comunicar a la Administración su actividad en el plazo de tres meses desde su inicio.
Las empresas que pretendan aplicar biocidas catalogados como muy tóxicos avisarán con al menos veinte días de antelación del comienzo de su actividad.
Fuente: Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
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