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Declaración responsable para la fabricación de cosméticos y productos de higiene personal: procedimiento de autorización

18-6-2012 18:31

Cualquier persona física o jurídica puede fabricar cosméticos y productos de higiene personal, para esto debe realizar la declaración responsable de inico de actividad fabricación de productos cosméticos y de higiene personal.

Esta declaración debe presentarse ante la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) aportando:

  • Memoria técnica de las instalaciones de fabricación, almacenamiento y control de productos cosméticos y de higiene personal. Culalquiera de estas instalaciones puede ser propia o subcontratada.
  • Responsable técnico: licenciado en farmacia, química, biología, veterinaria o medicina con al menos 20 horas de dedicación semanales.
  • Procedimientos normalizados de trabajo: homologación de proveedores, liberación de lotes al mercado, control de calidad, distribución y trazabilidad entre otros.

El inicio de actividad de fabricación y/o importación será desde el día de la presetnación ante la AEMPS de la declaración responsable y plazo administrativo de obtención de la licencia es de entre 3 y 9 meses tras una visita de inspección girada por el Área Funcional de Sanidad de la provincia donde radique el domicilio industrial donde se verificará el cumplimiento del Real Decreto 85/2018 de productos cosméticos y la veracidad de la documentación aportada.

Una vez iniciada la actividad de fabricación y/o importación las empresas deberán legalizar los productos fabricados:

  • Comunicar la puesta en el mercado de los productos cosméticos: lociones, emulsiones, soportes impregnados, productos decorativos, shampoos, etc... en base al expediente de seguridad d ecada producto según el Reglamento Europeo 1223/2009 de productos cosméticos.
  • Registro de productos de higiene personal: dentífricos, blanqueantes dentales, pediculicidas, tintas de tatuaje, etc...

ASECONSA puede asesorarles en la tramitación administrativa, elaboración de documentación y asesoramiento para:

  • Autorización de instalaciones de fabricación de cosméticos.
  • Auditoría de instalaciones y procesos.
  • Expedientes de autorización de productos de higienen personal: blanqueantes dentales, dentífricos, titas de tatuaje, pediculicidas, etc...
  • Expedientes de seguirdad de productos cosméticos.
  • Comunicación de puesta en el mercado de cosméticos a la Comisión Europea: Portal Europeo de cosméticos (CPNP).

Además contamos con empresar partner para el control de calidad, fabricación y almacenamiento de cosméticos.

Para más información piche aquí.

Trámites administrativos de cosméticos.

Obtención de Certificado de libre venta.

Licencia sanitaria de importación y/o fabricación de cosméticos.

Importación de cosméticos.

Elaboración de expediente de información de cosméticos.

Subcontratación de instalaciones de almacenamiento de cosméticos y productos de higiene personal.

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