Declaración responsable para la fabricación de cosméticos y productos de higiene personal: procedimiento de autorización
18-6-2012 18:31
Cualquier persona física o jurídica puede fabricar cosméticos y productos de higiene personal, para esto debe realizar la declaración responsable de inico de actividad fabricación de productos cosméticos y de higiene personal.
Esta declaración debe presentarse ante la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) aportando:
- Memoria técnica de las instalaciones de fabricación, almacenamiento y control de productos cosméticos y de higiene personal. Culalquiera de estas instalaciones puede ser propia o subcontratada.
- Responsable técnico: licenciado en farmacia, química, biología, veterinaria o medicina con al menos 20 horas de dedicación semanales.
- Procedimientos normalizados de trabajo: homologación de proveedores, liberación de lotes al mercado, control de calidad, distribución y trazabilidad entre otros.
El inicio de actividad de fabricación y/o importación será desde el día de la presetnación ante la AEMPS de la declaración responsable y plazo administrativo de obtención de la licencia es de entre 3 y 9 meses tras una visita de inspección girada por el Área Funcional de Sanidad de la provincia donde radique el domicilio industrial donde se verificará el cumplimiento del Real Decreto 85/2018 de productos cosméticos y la veracidad de la documentación aportada.
Una vez iniciada la actividad de fabricación y/o importación las empresas deberán legalizar los productos fabricados:
- Comunicar la puesta en el mercado de los productos cosméticos: lociones, emulsiones, soportes impregnados, productos decorativos, shampoos, etc... en base al expediente de seguridad d ecada producto según el Reglamento Europeo 1223/2009 de productos cosméticos.
- Registro de productos de higiene personal: dentífricos, blanqueantes dentales, pediculicidas, tintas de tatuaje, etc...
ASECONSA puede asesorarles en la tramitación administrativa, elaboración de documentación y asesoramiento para:
- Autorización de instalaciones de fabricación de cosméticos.
- Auditoría de instalaciones y procesos.
- Expedientes de autorización de productos de higienen personal: blanqueantes dentales, dentífricos, titas de tatuaje, pediculicidas, etc...
- Expedientes de seguirdad de productos cosméticos.
- Comunicación de puesta en el mercado de cosméticos a la Comisión Europea: Portal Europeo de cosméticos (CPNP).
Además contamos con empresar partner para el control de calidad, fabricación y almacenamiento de cosméticos.
Para más información piche aquí.
Trámites administrativos de cosméticos.
Obtención de Certificado de libre venta.
Licencia sanitaria de importación y/o fabricación de cosméticos.
Elaboración de expediente de información de cosméticos.
Subcontratación de instalaciones de almacenamiento de cosméticos y productos de higiene personal.
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