Aprobado el nuevo Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero, por el que se regulan los productos cosméticos.
25-2-2018 5:31
Se ha publicado el nuevo de Real Decreto 85/2018, de 23 de febrero, por el que regulan los productos cosméticos en beneficio de la seguridad de los consumidores. Este nuevo Real Decreto adapta a la normativa española el Reglamento 1223/2009 de productos cosméticos que se aplica desde 2013 y deroga parcialmente el Real Decreto 1599/1997 que sigo siendo de aplicación para los productos de cuidado personal.
Esta nueva norma crea el Sistema Español de Cosmetovigilancia y regula la comunicación de los efectos no deseados graves relacionados con el uso de los cosméticos, su evaluación y seguimiento así como las actividades de control de los productos cosméticos en el mercado, inspección y red de alertas nacional de productos cosméticos. Este sistema de cosmetovigilacia utilizará el sistema RAPEX (sistema europeo de intercambio rápido de información).
Se establecen el procedimiento para la obtención de la certificación de conformidad de Buenas Prácticas de Fabricación de Cosméticos (GMP´s) tras la presentación de la declaración responsable correspondiente así como los requisitos y trámite administrativo para la Declaración responsable de inicio de actividad de fabricación y/o importación de productos cosméticos estableciéndose los requisitos de instalaciones (propias y subcontratadas), responsable técnico y sistema de gestión de calidad con el que deberán disponer las empresas que se dediquen a la fabricación e importación de cosméticos en el territorio nacional.
Complementando al Reglamento 1223/2009 de cosméticos se aclaran el contenido del etiquetado de los cosméticos que debe estar en castellano, las normas para etiquetar los productos que se presentan sin envase previo o se envasan en el lugar de venta y los requisitos de importación de los productos cosméticos procedentes de países de fuera de la Unión Europea.
Con la publicación de este Real Decreto se completa la armonización de la normativa española en materia de productos cosméticos incluyéndose en una sólo norma aspectos ya recogidos en la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y en el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios y se completan aspectos no recogidos en el Reglamento europeo como los referentes a la declaración responsable de fabricación e importación de cosméticos, competencias de las distintas adminsitraciones o requisitos específicos del idioma del etiquetado de los cosméticos en España.
ASECONSA, dentro de los servicios de consultoría cosmética que ofrece a sus clientes, ofrece desde 2010 todos los servicios relacionados con el asesoramiento técnico-sanitario a empresas cosméticas para la legalización de instalaciones de fabricación e importación de cosméticos.
Otros enlaces de interés:
Autorizaciones de importación y/o fabricación de cosméticos.
Subcontratación de instalaciones de almacenamiento de cosméticos y productos de higiene personal.
Consultoría de cosméticos I: optimización del control de calidad de cosméticos.
Consultoría de cosméticos II: certificado de buenas prácticas de fabricación de cosméticos.
Consultoría de cosméticos III: Certificados de evaluación de seguridad de esencias.
Consultoría de cosméticos IV: Evaluación de seguridad de productos cosméticos.
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